Sáenz Peña: Transporte urbano: el juez Lineras consideró apropiadas las medidas tomadas por el municipio
Se conoció la Resolución N°114 de la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña sobre la medida cautelar presentada por un grupo de usuarios.
El juez Rodolfo Lineras resolvió la medida cautelar innovativa presentada el pasado 19 de junio por el abogado Mauricio Masin en representación de los usuarios del transporte ante la falta del servicio de transporte público en Sáenz Peña.
Luego de tres audiencias donde se reunieron las partes a instancias del juez Lineras, dictó la Resolución N° 114, donde menciona, entre otros aspectos, que «el Estado Municipal (Intendencia y Concejo Deliberante) ha dado muestras de un comportamiento positivo en el sentido de cumplir con la medida precautoria ordenada, la de ‘garantizar a la mayor brevedad posible el servicio público de transporte urbano de pasajeros, en este momento totalmente paralizado, pese a la actividad desplegada por esta magistratura para intentar –lamentablemente de manera infructuosa- que la empresa privada concesionaria reanudara su prestación».
En su resolución, el juez entiende que «la rápida sanción de la ordenanza que declara el estado de emergencia del transporte público de pasajeros –modalidad ómnibus–, así como la activa participación de las autoridades estatales en todas las audiencias composicionales y la diligente presentación del programa para la implementación del servicio municipal de minibuses, constituyen ‘medidas apropiadas’ conducentes al cabal cumplimiento de la manda cautelar«.
También menciona que «el Programa de Transporte Urbano Municipal -modalidad minibuses- reúne prima facie las condiciones necesarias para su inmediata ejecución«.
Para asegurar el cumplimiento progresivo pero efectivo del Programa de Transporte Urbano, propuesto en el marco de la medida cautelar ordenada, Lineras considera «indispensable contar con información completa y fidedigna que permita conocer y verificar la cabal concreción de las metas fijadas«. A tal efecto, el Ejecutivo Municipal deberá producir informes periódicos mensuales, los que serán presentados antes del día 10 de cada mes y a partir de agosto del corriente año, hasta la completa puesta en funcionamiento del servicio.
Otro punto solicita que «se deberá garantizar el derecho a la información y participación de la comunidad«. En este punto, el juez considera que «es de gran importancia que los y las vecinas de Presidencia Roque Sáenz Peña, en tanto potenciales usuarios y usuarias, reciban información adecuada que les posibilite expresar libre y democráticamente su opinión sobre algunos aspectos de la implementación del nuevo sistema de transporte de pasajeros, principalmente en relación a la traza de los recorridos, paradas intermedias y cabeceras terminales (lugar donde comienzan y culminan los recorridos de cada coche)».
La resolución destaca un punto relacionado con la selección de choferes. En tal sentido, se recomienda que «las autoridades municipales garanticen desde un principio y de manera preventiva que el proceso de selección de choferes se efectuará con criterios igualitarios, respetando y asegurando que, por lo menos, la mitad de los puestos sean ocupados por mujeres. Es decir, que en el tramo inicial del programa, donde está previsto que el servicio funcione con cuatro (4) minibuses, por lo menos dos (2) de ellos cuenten con choferes mujeres en la proporción indicada».
fuente:diariochaco